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La reforma del mercado laboral

Bajo el eufemismo de reforma del mercado laboral, se esconde una nueva regulación del despido, en la que básicamente se pasa a reducir el coste que para una empresa supone el hecho de rescindir un contrato laboral con un trabajador. En otras palabras, reducir la indemnización por despido.

El día 16 de junio de 2010, se dio un paso importante en este sentido, aprobándose en el Consejo de Ministros, el Real Decreto Ley de Medidas Urgentes para la Reforma del Mercado Laboral.

No obstante, entre los acuerdos del Consejo de Ministros, se menciona que con esta reforma "se incrementará también la productividad de las empresas españolas". En mi opinión, esta reforma no va a suponer un aumento de la productividad, aunque sí de competitividad para las empresas. La productividad no es más que el coeficiente resultante de dividir el valor de la producción obtenida por los recursos utilizados para su obtención, en este caso, el recurso utilizado es el capital humano. La productividad va a ser la misma, pues aquí no se motiva a los empleados, ni se adapta tecnológicamente la producción, ni se hace nada para variar ni el numerador ni el denominador de la ecuación.

Por otra parte en el Consejo de Ministros se menciona literalmente esto:

El Gobierno considera que éstas son las medidas que requiere la situación actual, en la que se apunta ya claramente a una nueva fase del ciclo económico. Son, pues, necesarias actuaciones novedosas, que ayuden a sentar las bases de un nuevo modelo de crecimiento más equilibrado y generador de empleo de calidad, tal y como se recoge en la Ley de Economía Sostenible.

¿Está hablando el Gobierno de un cambio de ciclo, en el que se vislumbra cierto crecimiento económico, y en el que se pretende sentar las bases para su estabilidad (crecimiento estable)?. ¿Me están diciendo la verdad?. El Gobierno nos va a responder en otro párrafo, donde se ha aprobado el objetivo de estabilidad presupuestaria para el periodo 2010-2013:

Previsiones de déficit:
Según lo establecido en dicha senda, el déficit público pasará del 11,2 por 100 del PIB registrado en 2009 al 9,3 por 100 en 2010; bajará hasta el 6 por 100 en 2011; al 4,4 por 100 en 2012; y cerrará el período en un 3 por 100 a la altura de 2013.


¿Está claro, verdad?. El Gobierno nos dice que habrá déficit público en 2010, 2011, 2012, y 2013. Y eso es mala señal, muy mala señal, pues vamos a ingresar menos de lo que gastaremos, un síntoma inequívoco de que la economía va a seguir en recesión, donde la actividad empresarial seguirá ralentizada, y tanto las empresas como las familias no van a poder contribuir de forma suficiente a las arcas del Tesoro Público (vía recaudación impositiva) para poder mantener el equilibrio financiero en las cuentas del Estado.

También leo lo siguiente:

Con esta reforma, se amplían las posibilidades de colocación de las personas que se encuentran en situación de desempleo, se elevan las expectativas de acceder a un empleo estable a quienes ahora tienen un contrato temporal y no se reducen los derechos y garantías de ningún trabajador.

Y en otro párrafo:

Se compatibiliza la flexibilidad para las empresas (favoreciendo su adaptabilidad a las circunstancias económicas) con la seguridad para los trabajadores (preservando todas sus garantías laborales)...

¿Es necesario hablar de la salvaguarda de las garantías de los trabajadores dos veces, en dos párrafos distintos?. ¿Acaso es cierto eso que se afirma, y realmente se mantienen los derechos y garantías de los trabajadores con esta reforma laboral, en la que básicamente el eje central de la misma es reducir el coste que para las empresas supone el despido (o lo que es lo mismo, lo que cobra un trabajador despedido)?.

Aquí tenéis más información de lo acordado en el Consejo de Ministros del 16 de junio de 2010

Evidentemente, también en el Real Decreto Ley 10/2010, de 16 de junio de medidas urgentes para la reforma del mercado de trabajo.